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20-11-13 18:08 #11697678
Por:Aldana1974

Simplemente PURA DICTADURA
Insultar, vejar, amenazar o coaccionar a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante una manifestación será considerado como una infracción administrativa “grave” y podrá ser sancionada con entre 1.001 euros y 30.000 euros de multa.

Esta es una de las principales novedades del Anteproyecto de Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana que Interior prevé llevar el viernes al Consejo de Ministros y que tiene en la protección de los policías frente a los ataques uno de sus pilares fundamentales, según el Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz.

Por ejemplo ae contempla como infracción “muy grave”, sancionada con entre 30.001 y 600.000 euros usar y distribuir imágenes de los policías, así como datos personales de los agentes con fines que puedan suponer un atentado contra su intimidad, su familia o que puedan poner en riesgo una operación.

Además, las concentraciones frente a las instituciones del Estado como la Cámara Baja cuando éstas no hayan sido debidamente comunicadas y con independencia de que las Cortes se encuentren en ese momento reunidas estarán sancionadas con hasta 600.000 euros. En ello se incluye, además de a los participantes, a quienes las convoquen, dirijan o presidan.

La perturbación del orden público en espectáculos, acontecimientos deportivos u oficios religiosos y demás actos públicos también se considerará “muy grave”, así como las manifestaciones sin autorización en torno a las consideradas infraestructuras críticas como, por ejemplo, una central nuclear o un aeropuerto.

Dentro de las infracciones graves, se contempla la participación en disturbios con capuchas, gorros, pañuelos o máscaras a efectos de dificultar la identificación por parte de las Fuerzas de Seguridad del Estado. Esto no quiere decir que no se pueda asistir a concentraciones autorizadas con este tipo de elementos, pero sí valerse de ellos para ocultarse a la hora de participar en disturbios.

Será infracción grave ofrecer o aceptar servicios de prostitución en la vía pública cerca de espacios de menores (colegios, guarderías, parques…) o en aquellos lugares que puedan afectar a la seguridad vial.

Otra de las principales novedades es que los padres tendrán que hacerse cargo económicamente de los desperfectos que ocasionen sus hijos menores de edad en la vía pública y la Policía tendrá potestad para establecer “zonas de seguridad”.

En cuanto a las “zonas de seguridad” para evitar los escraches es una medida que esbozó el ministro hace meses a partir de una iniciativa en este sentido de la Ertzaintza, que fijó ese perímetro en 300 metros. Aunque el anteproyecto no especifica distancias concretas, los responsables de Interior otorgan especial importancia al hecho de que este recurso de seguridad ya esté regulado formalmente.

El consumo de alcohol en la vía pública sin estar autorizado administrativamente será considerado una infracción grave siempre que se perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana. Este anteproyecto regula como infracciones graves otras conductas como la de establecer barricadas en la calle, maltratar animales en espectáculos no autorizados, el escalamiento a monumentos o edificios emblemáticos o la denominadas “cundas”, es decir, la acción de trasladar a los toxicómanos
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