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Arenas de San Pedro - Avila

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España > Avila > Arenas de San Pedro
30-12-11 18:20 #9364358
Por:Luis251994

420.000 euros en el Ayuntamiento.
Sí tuve éxito en el trato fue porque mi palabra era un valor, ahora apartado del trato, también es un valor y por eso tengo que dar esta explicación: Pregunté a varios miembros del equipo de gobierno sobre sí había llegado las subvenciones para el Polígono Industrial y me dijeron que no, pero como Don Tapias en el otro foro con el Nick de Enrique IV (es opinión común de casi todos los foreros de que bajo este Nick se esconde don Tapias) afirmaba y volvía a afirmar a Luis251994 que la subvención del Plan de Convergencia estaba ya en el Ayuntamiento y insinuaba sibilinamente que la cari daría a esta subvención el uso que la saliese…Preocupado pregunté al “ que manda” por eso de donde . “hay capitán no manda marinero” y se me aseguró que la subvención por valor de 420.000 euros sí estaba en el Ayuntamiento. Contradiciendo las sibilinas insinuaciones de don Tapias, me consta que no va a haber atajos, que al final los que hacen es alargar el camino.

No deja de sorprenderme ( pagaría por ver la documentación sobre este asunto) que se haya librado una subvención para construir un Polígono Industrial, cuando Arenas de San Pedro carece de Suelo Industrial para ubicarle por no haberse aprobado las Normas Urbanísticas que, cuenten lo que cuenten, están caducadas y es seguro que hasta dentro de un lustro Arenas no dispondrá de Suelo Industrial.
Lo que no corrijo es la opinión compartida en este Foro sobre que la subvención no se va a poder aplicar: como no hay Suelo Industrial en Arenas para construir el Polígono la subvención por la imposibilidad obvia de no poderse aplicar ( y siendo una subvención finalista para el fin comentado) se tendrá que devolver. Es decir que estamos como quien “tiene un tío en Alcalá que ni tiene tío, ni tiene naa”
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01-01-12 19:53 #9371139 -> 9364358
Por:lubiegon

RE: 420.000 euros en el Ayuntamiento.
eres muy gracioso luis,tu palabra hace mucho que no tiene valor porque esta guiada claramente por el odio,te has hartado de decir que la subvencion se habia perdido por culpa del Tapias,que las normas,que el suelo industrial mientras algunos te decian que no y tu errequeerre,no es la primera vez que tienes que recular,listo
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02-01-12 00:31 #9372304 -> 9371139
Por:Juanadenavarra

RE: 420.000 euros en el Ayuntamiento.
Sòlo una cosa D. Luis: mi Enrique (el IV, pero no el cuarto Enrique que tengo yo, que soy una mujer decente, amante de su esposo, sino el IV de Inglaterra) no tiene nada, pero absolutamente nada que ver con el tal Tapias que usted refiere en su post, que dicho señor, además, escribe en este foro, cuando lo tiene a bien, sin necesidad de ocultarse ni esconder su identidad, ni tras la de mi Señor ni tras la de nadie.

Dios le guarde muchos años.
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02-01-12 12:04 #9375178 -> 9372304
Por:Luis251994

RE: 420.000 euros en el Ayuntamiento.
Es una de las subvenciones para el Polígono Industrial la del Plan de Covergencia , pero en el fondo nada ha cambiado, sí no hay suelo industrial para aplicarla hay que devolverla.
La Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León. Dispone en su artículo 47:
<< Incumplimientos del beneficiario y entidades colaboradoras.
1. Los incumplimientos por el beneficiario de las condiciones a que esté sujeta la subvención darán lugar, según los casos, a que no proceda el abono de la subvención o se reduzca en la parte correspondiente, o se proceda al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente>>
Y sí no se reintrega dice el artículo 51 de la citada Ley:
<<Artículo 51. Obligados al reintegro.
1. Los beneficiarios y entidades colaboradoras, en los casos a que se refiere el apartado 1 del artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán reintegrar la totalidad o parte de las cantidades percibidas.
2. Responderán solidariamente de la obligación de reintegro del beneficiario:
a. Los miembros de las personas jurídicas y entidades mencionadas en el apartado 2 y en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación a las actividades subvencionadas que se hubieran comprometido a efectuar.>>
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