¿Conocen nuestos ediles las ordenanzas municipales? Para que el Foro no muera, he retrasado la visita a la Gundilla, para responder a Nemet. Y he ido a la página Web del Ayuntamiento y en el epígrafe de Ordenanzas me he encontrado con: la Ordenanza Fiscal sobre Tasa por Ocupación de la Vía Pública con Industrias Callejeras ( Mercadillo ) enumerada en el listado como 03 . Eso sí publicada el 22 de febrero de 1999 en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila Así, que como esto no me cuadraba he llamado al del bigotes y me ha informado que el 24 de enero de 2013 se aprobó en Pleno la Ordenanza Fiscal sobre la Tasa de Venta ambulante (que aunque no figure en el listado de Ordenanzas del Ayuntamiento, sí la anterior es la que está vigente) He leído ( antes pasé) de refilón la Ordenanza y esto es lo que dice sobre las tarifas: <<Artículo 7.-Tasas. El importe será de 8 por puesto y día, para todos los puestos de 6 m x 2 m. A partir de 6 m x 2 m, el exceso se liquidará a 1 por (metro lineal por 2 m de profundidad), por puesto y día.>> . En fin, sin comentario |