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Pel.luno - Asturias

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España > Asturias > Pel.luno (Aller)
04-06-09 18:39 #2405633
Por:No Registrado
NO LO ENTIENDO
¿Me he perdido algo?
¿El contencioso lo gano la Asociación de Vecinos o lo perdió?
No entiendo eso que dice la Asociación de "..ahora que ya no nos importa que siga tirando, pues el daño está hecho, ahora que ya ve de verdad las orejas al lobo..", por lo que he leído en este foro, nadie ha parado la cantera y dicen que tiene todos los permisos, desde mi punto de vista ahora es más legal si cabe que antes pues existe una sentencia a su favor. Si a la Asociación no le importa que siga explotado en esa dirección NO LO ENTIENDO.
Puntos:
04-06-09 19:05 #2405921 -> 2405633
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
La sentencia está en:
https://ww.cer.es/CER_informa
El demandante es AVALL (Agrupación de Vecinos y Amigos de Llanes).

Te recomiendo que leas los comentarios firmados por el personajillo, los que profundizan en el conflicto, el resto son respuestas a pataletas de adeptos a la Junta Directiva de la AA VV y no tienen el menor interés.

La AA VV ha obtenido un sonoro fracaso en su gestión del problema de la cantera y debería reconocerlo su Junta Directiva. Y ya se sabe, la Junta Directiva debería tener vergüenza torera y dimitir irrevocablemente. Pero no se bajan de la burra.

La triste realidad es que la cantera explotó hasta donde pactó con la Administración, y el pueblo de Pelúgano no sacó nada a cambio por la incompetencia de la susodicha Junta Directiva de la AA VV. En la página de la cantera se puede ver la línea blanca hasta donde llegaron.

Esta Junta Directiva puso y pone su amor propio por delante de los intereses del pueblo, no negoció y no sacó nada, la cantera explotó lo que quería. Ahora están resentidos con la cantera y la cantera con ellos, como ves, mala solución tiene este conflicto.

La cantera seguirá explotando y la justicia dándole la razón, los amigos de la AA VV seguirán poniendo demandas, por las que cobran, los vecinos seguirán poniendo dinero, y todos contentos.

Pero el pueblo de Pelúgano no sacará nada a cambio y, sin embargo, le sacarán toda la piedra que deseen.

Que magnifica ocasión se perdió para negociar una escuela de escalada (que parece que hay un acuerdo con la Federación y la Administración), para conseguir una carretera nueva, para potenciar al pueblo, en suma.

La terquedad de esta Junta Directiva, apoyada por mucha gente del pueblo, hay que reconocerlo, pero también esta gente estaba influenciada y mal informada, dicha terquedad ha conseguido un fracaso mayúsculo.

El personajillo.

Puntos:
04-06-09 22:54 #2408146 -> 2405921
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
Lo de la carretera sí me parece una decisión de la Asociación de Vecinos sin mirar pa el pueblu. Según se comentan (no tengo la certeza pues no estuve) hace relativamente pocos meses tuvieron la Asociacion de Vecinos reuniones con partidos políticos y les dijeron que no querían una carretera nueva por otro sitio, si no que preferían que se reparara la que hay, pasa por la cantera y por una calle estrecha de Levinco. Si esa decisión la tomo la Asociación de Vecinos sin consultar al pueblo me parece una burrada.

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05-06-09 09:52 #2410387 -> 2408146
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
Pues yo nun soy de la asociación y nun me paez ninguna burrada, una nueva carretera nos alejaría de nuestros entrañables vecinos de Chevinco, nos alejaría de los medios de transporte como el tren (apeaderu de Chevinco), supondría avasallar una vez más a los de siempre, ye decir, supondría la expropiación de finques a los vecinos, la llevarien por una zona más sombría que en invierno tendría tramos shelaos. Prefiero la que tenemos,nuestra actual soleyera carretera, pero eso sí, que la reparen de una vez.
Puntos:
05-06-09 10:03 #2410454 -> 2408146
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
¿Como se puede ser tan iluso? ,¿ crees que la carretera van a hacerla porque lo diga la Asociación de vecinos?, ¡vaya cuanto poder tienen entonces! , tanto que yendo por la via legal , aún no han conseguido que el alcalde y los partidos políticos que son los que firmaron , se retracten y edicten un decreto para paralizar la explotación en la zona de Peña castro...y por eso , explotaron todo lo que querían y explotarán mas . El daño está hecho y todavía se creen que pueden envenenar a la opinión de los mosquitos haciendo creer que la Asocición de vecinos está gestionando mal , ¡claro ! mal para los dueños de la cantera , que una vez hecho el estropicio , pretenden que lo olvidemos y pasemos a negociar mas futuro para ellos.Son tan prepotentes y tan sobervios , que se piensan que TODO ES MIO, y PEÑA CASTRO , era y es intocable. No lo entienden , como un niño al que un adulto u otro niño , le quita el globo...
Si ya está pactado con la administración , no tenemos porqué preocuparnos , entonces ya no tirará mas ¿verdad? , eso se desprende de la anterior conversación de un NO REGISTRADO , pues ¡que bien! , PEÑA CASTRO segirá en su sitio , aunque no toda ...
A ver con que nos sales ahora ,AMIG@.

SALVAR PEÑA CASTRO
PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL
Puntos:
05-06-09 12:54 #2411675 -> 2410454
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
Estimado amig@, creo que no tienes las ideas muy claras y por eso tienes contradicciones, dices:

¿Como se puede ser tan iluso? ,¿ crees que la carretera van a hacerla porque lo diga la Asociación de vecinos?, ¡vaya cuanto poder tienen entonces! , tanto que yendo por la via legal , aún no han conseguido que el alcalde y los partidos políticos que son los que firmaron , se retracten y edicten un decreto para paralizar la explotación en la zona de Peña castro...y por eso , explotaron todo lo que querían y explotarán mas .

No se si te has enterado de la sentencia del Contencioso-Administrativo dándole la razón a la cantera, ya sabes mírala en https://ww.cer.es/CER_informa , este es el resultado de ir por la vía legal a destiempo, no nos olvidemos que se dejó pasar el periodo de alegaciones, luego había que haber negociado compensaciones con la cantera y la Administración, entre ellas podía estar la reparación de la carretera, o una variante nueva, o lo que pintase, todo menos el enfrentamiento legal cuyo resultado era previsible, salvo para los asesores que cobraron.

Ante una sentencia judicial ni el alcalde, ni los partidos políticos pueden hacer nada, le han dado la razón a la cantera y por eso todo lo que explotaron hasta ahora es legal, como bien dices. Pero añades y explotarán más, entonces si ya estás convencido sobra el párrafo siguiente y me das la razón sobre la necesidad de haber negociado compensaciones.


El daño está hecho y todavía se creen que pueden envenenar a la opinión de los mosquitos haciendo creer que la Asocición de vecinos está gestionando mal , ¡claro ! mal para los dueños de la cantera , que una vez hecho el estropicio , pretenden que lo olvidemos y pasemos a negociar mas futuro para ellos.

Tu mismo, si el daño está hecho y la AA VV fue la que se opuso a destiempo, ¿de quién es la culpa?

Son tan prepotentes y tan sobervios , que se piensan que TODO ES MIO, y PEÑA CASTRO , era y es intocable. No lo entienden , como un niño al que un adulto u otro niño , le quita el globo...

Si la AA VV sigue en su línea de enfrentamiento, si su Junta Directiva emulan a la cantera en prepotencia y soberbia, si no tienen mano izquierda, si no son flexibles (como el bambú), malos tiempos auguro al pueblo de Pelúgano.

Dices PEÑA CASTO, era y es intocable, cómo te contradices tanto, más arriba leemos explotaron todo lo que querían y explotarán mas.



Si ya está pactado con la administración , no tenemos porqué preocuparnos , entonces ya no tirará mas ¿verdad? , eso se desprende de la anterior conversación de un NO REGISTRADO , pues ¡que bien! , PEÑA CASTRO segirá en su sitio , aunque no toda ...
A ver con que nos sales ahora ,AMIG@.


Tienes razón, en esta vida todo se puede pactar y volver a pactar, así que de momento no hay motivo de preocupación, no sabemos que harán en el futuro los intervinientes en este pacto, lo que está muy claro es que la AA VV no esta en el pacto, no tiene compromisos firmados y no tiene nada más que sentencias contrarias que además no son suyas.

La garantía de pactos firmados con la AA VV no existen, por tanto, está fuera del acuerdo, no pinta nada.

Ahora, las arengas:

PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL ¿A qué se espera?.
LA IMAGEN DEL DESASTRE, LA IMAGEN DEL FRACASO.

DIMISION PARA LOS CULPABLES.
FUERA FORANEOS
FUERA AVALL

VIVA PELÚGANO
PUXA PEL.LUNO.


Y ahora, la firma:

El personajillo.
Puntos:
05-06-09 13:33 #2411992 -> 2411675
Por:ASOCIACIÓN VECINOS DE PELÚGANO

RE: NO LO ENTIENDO
LA ASOCIACIÓN DE VECINOS no está en el pacto ,porque desde que en el Ayuntamiento se votó a favor de contratar un abogado e intentar por todos los medios el SALVAR PEÑA CASTRO , está haciendo todo lo posible por que así sea . El que una sentencia a la que a veces dais valor y otras no , porque es de Avall , nos haya sido contraria , no dice nada . El tiempo se os agota , nosotros desde que empezásteis a tirar PEÑA CASTRO , ya sabíamos lo difícil que lo teníamos . Los que no lo sabíais érais vosotros (la cantera) , pues confiaba en todas sus "artimañas" , pero no está nada terminado.
Volvemos a dar las gracias a nuestros vecinos y amigos que han contribuído y contribuyen a que todo lo que hacemos sea posible.

SALVAR PEÑA CASTRO ES NUESTRO OBJETIVO Y PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL ,NUESTRA ILUSIÓN.

LA ASOCIACIÓN
Puntos:
05-06-09 13:56 #2412219 -> 2411992
Por:D.CHOPERNÁ

RE: NO LO ENTIENDO
HOLA BUENOS DIAS AAVV, Y EN ESPECIAL A Dña EVA PRESIDENTA DE LA AAVV DE PELUGANO SE QUE ES DURO EL OIR O LEER COMENTARIOS COMO LOS QUE SE ESTAN PONIENDO EN EL FORO QUE NO SON TAMPOCO LOS QUE HAY EN LA CALLE SE RECONOZCE EL TRABAJO ,EL VALOR Y LA PASION CON LA QUE OS HABEIS TOMADO ESTA ENFRENTA.
DIOS SABE LOS VIAJES Y LAS PUERTAS QUE HABEIS PICADO PARA QUE AVECES NO SE OS ATENDIERA COMO REALMENTE OS MERECEIS, PERO SABEIS QUE TENEIS A MUCHA GENTE DETRAS Y NO PODEIS DECEPCIONARLA AHORA, DEJANDO QUE UN COMENTARIO DE GENTE, SIN ESCRUPULOS NI VALORES MORALES DE NINGUN TIPO,OS PUEDA LLEGAR A CONDICIONAR EN VUESTRO EMPEÑO Y LUCHA DIARIA POR LOS DERECHOS DE ESTE NUESTRO PUEBLO.
ANIMO NO CEJEIS EN VUESTRO EMPEÑO Y NO IMPORTA QUE SE HAYAN CARGADO ES CACHO DE PEÑA LO QUE MAS IMPORTA ES LA MOVILIZACION DE GENTES A VUESTRO FAVOR QUE ESTAIS HACIENDO Y LA CONCIENCIACION DE LOS VECINOS.YO CREO QUE EL MECANISMO YA LO TENEIS PUESTO EN MARCHA AHORA HAY QUE CONVENCER TAMBIEN A LOS VECINOS DE LEVINCO Y BELLO DE QUE ESTA ACTIVIDAD ES TOTALMENTE PERNICIOSA PARA LOS INTERESES DE LOS TRES PUEBLOS.
NO OS PREOCUPEIS POR LO QUE CONSIGAIS O DEJEIS DE CONSEGUIR EN EL JUZGADO LO UNICO QUE OS HA DE IMPORTAR ES EL :


PARO TOTAL DE LA ACTIVIDAD MINERA EN LA CANTERA REGUERON ES POR LO QUE TENEMOS QUE LUCHAR PARA QUE NO NOS TOMEN EL PELO MAS.UN SALUDO Y SUERTE
Puntos:
05-06-09 23:34 #2417029 -> 2412219
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
Estoy contigo D.Choperná, hay que pedir el cierre total de la explotación que tan salvajemente está deteriorando nuestro entorno y nuestra calidad de vida. CIERRE DE CANTERA YA
Puntos:
06-06-09 12:32 #2419072 -> 2411675
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
Dicho por el pesonajillo: "había que haber negociado compensaciones con la cantera y la Administración, entre ellas podía estar la reparación de la carretera"

La reparación de la carretera no es una moneda de cambio para usar en una negociación, es una obligación de las administraciones conservarla en buen estado y es un derecho de los vecinos de Pelúgano como el de otros tantos pueblos a los que se les ha reparado su carretera. Da la impresión de que el Principado está marginando a Pelúgano ¿es constitucional la marginación?
Puntos:
06-06-09 12:43 #2419140 -> 2419072
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
El personajillo dijo:

No se si te has enterado de la sentencia del Contencioso-Administrativo dándole la razón a la cantera, ya sabes mírala en https://ww.cer.es/CER_informa , este es el resultado de ir por la vía legal a destiempo, no nos olvidemos que se dejó pasar el periodo de alegaciones, luego había que haber negociado compensaciones con la cantera y la Administración, entre ellas podía estar la reparación de la carretera, o una variante nueva, o lo que pintase, todo menos el enfrentamiento legal cuyo resultado era previsible, salvo para los asesores que cobraron.
No saques las frases fuera de contexto y ponlas completas, que si no se te ve el plumero.

Ahora, las arengas:

PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL ¿A qué se espera?.
LA IMAGEN DEL DESASTRE, LA IMAGEN DEL FRACASO.

DIMISION PARA LOS CULPABLES.
FUERA FORANEOS
FUERA AVALL

VIVA PELÚGANO
PUXA PEL.LUNO.


Y ahora, la firma:

El personajillo.
Puntos:
06-06-09 18:57 #2421312 -> 2419140
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
¿fuera de qué contexto?, estamos hablando en el foro de Pelúgano, del tema de la cantera y en lo referente a negociación o no negociación, no lo he colocado en el contexto del 11M ni de la guerra de Irak.... ni nada por el estilo y has dicho lo que has dicho, reconoce que has metido la pata. ¿ el resultado del enfrentamiento legal era previsible? ya se verá, lo que sí era previsible era lo que pretendían con la negociación: una mayor ampliación de la zona de explotación.
A tí si que se te vió el plumero hace muchos meses ya.
Puntos:
06-06-09 22:40 #2422730 -> 2419140
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
Esta es mi frase:
entre ellas podía estar la reparación de la carretera, o una variante nueva, o lo que pintase,
tu la has recortado y por eso está fuera de contexto.
Explicado, amigo.
Puntos:
06-06-09 23:42 #2423125 -> 2419140
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
No has explicado nada, has intentado justificarte, da igual que lo haya cortado en carretera que haya puesto hasta la última de tus arengas, has metido la reparación de la carretera como moneda de cambio y eso no lo acepto, incluso la variante nueva si hubiera verdadera necesidad de ella,tendrían la obligación de hacerla, tampoco sería moneda de cambio.
Puntos:
07-06-09 00:30 #2423368 -> 2419140
Por:D.CHOPERNÁ

RE: NO LO ENTIENDO
"El personajillo dijo:

No se si te has enterado de la sentencia del Contencioso-Administrativo dándole la razón a la cantera, ya sabes mírala en https://ww.cer.es/CER_informa , este es el resultado de ir por la vía legal a destiempo, no nos olvidemos que se dejó pasar el periodo de alegaciones, luego había que haber negociado compensaciones con la cantera y la Administración, entre ellas podía estar la reparación de la carretera, o una variante nueva, o lo que pintase, todo menos el enfrentamiento legal cuyo resultado era previsible, salvo para los asesores que cobraron.
No saques las frases fuera de contexto y ponlas completas, que si no se te ve el plumero."
NO QUISIERA EQUIVOCARME PERO LA AAVV NO ESTA EN CONDICION DE NEGOCIAR,SI DE LUCHAR POR NUESTROS INTERESES,LOS QUE HAN DE NEGOCIAR SON LA ADMINISTRACION PUBLICA Y LA CANTERA,Y ME EXPLICO LA AAVV TRASMITIRIA EN UNA NEGOCIACION LOS INTERESES DE PELUGANO PERO NUNCA ENTRARA EN UNA NEGOCIACION A TRES BANDAS PUES NO SE LO VAN A PERMITIR ES POSIBLE QUE SE HAYA PRODUCIDO ALGUN TIPO DE NEGOCIACION ,PERO OJO EN EL CASO DE USARSE COMO MONEDA DE CAMBIO CON LA CANTERA UNA CARRRETERA NUEVA YO PERSONALMENTE EMPRENDERE ACCIONES LEGALES CONTRA LA CANTERA Y LA ADMINISTRACION(EN EL SUPUESTO CASO DE ENTERARME) YA QUE SERIA UN CASO DE CORRUPCION COMO LOS DE MARBELLA DONDE HAY GENTE EN LA CARCEL YA.POR OTRO LADO ESTO SUPONDRIA UNA RECALIFICACION DE TERRENOS Y UNA NUEVA AMPLIACION DE LA CANTERA COSA QUE NO NOS GUSTA.OJALA QUE LA AAVV TUBIESE ESA CPACIDAD DE NEGOCIAR DE LA QUE ESTAIS HABLANDO PERO PARA NUESTRA DESGRACIA ESO NO LO VAN A CONSENTIR.
POR OTRO LADO Y PARA QUE NOS QUEDE CLARO PORQUE LA CARRETERA NO DEBE ENTRA COMO MONEDA DE CAMBIO ES QUE LOS MOSQUITOS COMO EL RESTO DE LOS ESPAÑOLES PAGAMOS NUESTROS IMPUESTOS Y CON ELLO TENEMOS DERECHO A MUCHAS COSAS ENTRE ELLOS UNOS ASCESOS DIGNOS A NUESTRO DOMICILIO FINANCIADO CON NUESTRO HERALDOS O EL DE TODOS LOS ESPAÑOLES Y NO COMO UN FAVOR POR PERMITIR O DEJAR HACER.YO LO UNICO QUE NEGOCIARIA CON ELLOS ES EL PAZO DE CIERRE DE EXPLOTACION MINERA Y DEJAR LO MAS DECENTE POSIBLE Y EN EL MENOR TIEMPO LAS VISTAS DE NUESTRO PUEBLO RESTAURANDO LO MEJOR POSIBLE YA QUE LA DESTRUCCION DE PEÑA CASTRO NO ES NI SERA NUNCA UN CAMBIO MORFOLOGICO REVERSIBLE.YA NUNCA MAS PEÑA CASTRO SERA COMO ERA ,NI TAMPOCO PELUGANO, NI LOS TERRENOS OCUPADOS POR TAL EXPLOTACION POR MUCHO QUE DIGAN EN EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.



ARENGAS :

CIERRE SIN DEMORA CANTERA REGUERON
REPARACION CARRETERA CON CARGO A LOS BIENES PUBLICOS
APOYO A LA AAVV

UN SALUDO Y A DISFRUTAR

PS:YA OS ENVIARE ALGUNA FOTO TAMBIEN DE LA ZONA VISTA A UNOS DE 3 KM DE EL PUEBLO CON EL GAMONITEIRO DETRAS DE PEÑA CASTRO VIENDOLA HERIDA DE MUERTE
Puntos:
08-06-09 10:39 #2430188 -> 2419140
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
Hablando de recalificación de terrenos, habría alguien que pudiera explicar esto:

BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

Boletín Nº 65 del jueves 18 de marzo de 2004
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIóN DEL TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
De conformidad con lo establecido en los artículos 74 y 82 de la Ley del Principado de Asturias 3/2002, de 19 de abril, de Régimen del Suelo y Ordenación Urbanística, se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación del concejo de Aller con el contenido y alcance del acuerdo municipal de aprobación provisional de 10 de marzo de 2003 en lo referido a dicho expediente 216/2003.

No obstante, se establecen las siguientes prescripciones u observaciones a incorporar o subsanar en un texto refundido que el Ayuntamiento ha de elaborar y presentar en el término de 4 meses:

►En cuanto a los informes sectoriales:

Se deberá dar cumplimiento a los que a continuación se transcriben:

_ Informe del Servicio de Explotación y Seguridad Vial de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, de fecha 30 de julio de 2003.

“Normativa.—Título IV. Sección primera. Artículo 4.7

• La condición que se impone de no autorizar cerramientos de la parcela dentro de la zona de servidumbre en las carreteras regionales, comarcales y locales es excesiva. Debería incorporar el condicionado del artículo 13, apartados 1 y 2, de la Ley 13/1986, de Ordenación y Defensa de las Carreteras del Principado.

• El último párrafo del artículo se debería corregir para que sea inteligible, transcribiendo simplemente el artículo 86.1 del Reglamento General de Carreteras (R.D. 1812/1994, de 2 de septiembre).

Título IV. Sección tercera. Artículo 4.17.

En relación con el primer párrafo se recuerda que, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 13/1986, ya citada, las conducciones subterráneas no podrán discurrir bajo la superficie de la calzada, cunetas ni arcenes de las carreteras”.

_ Informe de la Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, en su sesión del día 25 de noviembre de 2003, de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

“Visto el expediente y el informe del Arquitecto del Servicio se dictamina favorablemente el documento de aprobación provisional del Plan General de Ordenación de Aller, condicionándolo al cumplimiento de las siguientes prescripciones, encaminadas a mejorar la protección del Patrimonio Cultural en consonancia con la normativa en vigor; en el título V «Protección del Patrimonio Catálogo», deberá incluir:

• En el título V, Protección del Patrimonio, Catálogo, incluir un artículo que defina los Bienes de Interés Cultural, y los bienes incluidos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, y su régimen de protección, teniendo en cuenta lo establecido por la Ley 1/2001. Deberán indicarse expresamente los bienes que están incluidos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, a través de la disposición transitoria tercera de la citada Ley. Del mismo modo deberán enumerarse los Bienes de Interés Cultural existentes en el municipio, localizándolos claramente en la planimetría, delimitando su entorno, y considerando expresamente que todo BIC estará sometido a Protección Integral, y que cualquier actuación en él o su entorno precisan informe vinculante de la Consejería de Cultura.

• Indicar expresamente, de acuerdo con el artículo 60 de la ley del Principado de Asturias 3/2002, de 19 de abril, de Régimen del Suelo y Ordenación Urbanística, que en caso de contradicción entre las determinaciones del Catálogo Urbanístico y las determinaciones del Planeamiento prevalecerán las del Catálogo.

• Enumerar los elementos integrantes de la Carta Arqueológica, localizándolos en la documentación gráfica.

• En el artículo 5.33 de estas normas, denominado Protección del Patrimonio Etnográfico, se tendrá en cuenta que:

Se debe establecer la protección de los hórreos, paneras, molinos, y demás elementos o conjuntos del patrimonio etnográfico según lo determinado por la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, considerando que:

Los hórreos y paneras han sido un conjunto de elementos declarados genéricamente Bien de Interés Cultural, según Decreto 449/1973, de 22 de febrero (por el que se colocan bajo la protección del Estado los hórreos o cabazos antiguos existentes en Asturias y Galicia), y que tras la aprobación de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, la situación legal de los hórreos quedará como sigue:

- Los construidos con anterioridad a 1900 no podrán ser demolidos, ni total ni parcialmente, desmontados o trasladados de emplazamiento, debiendo ser autorizada por la Consejería de Educación y Cultura cualquier actuación sobre los mismos.

- Los que constituyan muestras notables por su talla, decoración o características constructivas por formar conjuntos o en todo caso ser de construcción anterior a 1850, quedan amparados por la protección preventiva de la disposición transitoria de la Ley 1/2001.

- Los de construcción anterior a 1940 que conserven su fisonomía tradicional y su vinculación al entorno propio se someten al régimen de protección integral tal como se contempla en la legislación urbanística y hasta en tanto no se proceda a su estudio individualizado o a la aprobación de los Catálogos Urbanísticos de Protección que incluyan los elementos de interés etnográfico del concejo.

Por otra parte, se indicará en cada parroquia y núcleo de población los hórreos existentes y sus características básicas, que permitan adscribirlos a unas u otras categorías de protección.

Se debe indicar expresamente que no se permitirá el uso de hórreos y paneras como vivienda, y que, en cualquier caso, su instalación precisa de una vivienda próxima vinculada.

• Definir los diferentes grados de interés y normativa de protección asociada de los elementos catalogados.

• Modificar el art. 5.19 al respecto de los elementos sometidos a la categoría de Protección Integral, incluyendo, además de los bienes citados, los pertenecientes al Inventario de Patrimonio Cultural de Asturias.

• Corregir la sección III, Protección Parcial, subsanando la confusión que supone la denominación de «categoría estructural», y su asimilación.

• En las condiciones estéticas de la edificación catalogada se establecerá que:

- En el caso de reparaciones de cubierta con aprovechamiento de teja vieja, ésta se colocará como cobija y en todo caso los aleros habrán de reproducir en materiales y diseño los existentes. En caso de que se ejecute una cubierta nueva el canto de los aleros será inferior a 15 cm.

- En cualquier caso las carpinterías exteriores deberán reproducir soluciones tradicionales, en cuanto a materiales y despieces, y trazarse según los ejemplos preexistentes y en armonía con el entorno. Se evitarán las particiones ficticias de los vidrios.

- Se prohibirán expresamente los acabados de fachada imitando mampostería y las soluciones que eliminen de las fachadas existentes la capa de enfoscado, dejando la piedra vista. En todo caso los acabados de fachada reproducirán los consolidados históricamente en esa edificación. Se evitará la ejecución de zócalo, impostas o recercos, mediante el pintado, el chapado de piedra, o el picado de las cargas.

• Se deberán corregir los arts. 5.3 y 5.4 de la Normativa, incluyendo además de los bienes citados en el art.

5.3 los bienes incluidos en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, aquellos de interés etnográfico, arqueológico, industrial, y los de cualquier otra naturaleza que merezcan conservación y defensa.

• Se deberá completar y corregir el Catálogo Urbanístico de Protección incluyendo como mínimo todos los bienes incluidos en las diferentes modalidades de protección, los bienes inmuebles y conjuntos de interés histórico o artístico y, como se ha referido anteriormente, aquellos de interés etnográfico, arqueológico, industrial, y los de cualquier otra naturaleza que merezcan conservación y defensa. Se indica que en las fichas presentadas y en los documentos planimétricos adjuntos se han detectado al menos las siguientes incorrecciones o errores que deberán ser subsanados:

1. Los elementos carecen del correspondiente Grado de Interés. Del mismo modo se indica que resulta ambiguo el apartado Patrimonio, en el que se clasifican los elementos como BIC, IPAA, o PGO.

En este caso se considera que se deberían establecer dos apartados, uno en el que se establezca el régimen de protección especifico del elemento, según se trate de un BIC, de un bien incluido en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, de un elemento catalogado por este PGO; y otro en el que se indique la fuente documental en la que se ha fundamentado la catalogación.

2. Los elementos declarados Bienes de Interés Cultural carecen de Entorno de Protección grafiado.

3. Un buen número de bienes está sometido al nivel de protección denominado Monumental, nivel que no está definido en este planeamiento, ni contemplado de ninguna manera en la Normativa.

4. El palacio de los Ordóñez, sito en Caborana, tiene incoado expediente de Declaración de BIC, y por tanto debe ser considerado como tal, y no como simplemente catalogado.

5. El nombre de la finca del elemento 48/49, BIC, debe ser Iglesia de San Juan de Riomera o Río Miera, o San Juan de Santibáñez de la Fuente del Río Miera, y no San Juan Bautista.

6. El Elemento 43, Castillo de Soto y Entorno, carece de fotografía.

En general se ha detectado una escasa presencia y protección de la edificación residencial y una indiscriminada protección del patrimonio etnográfico, que deberá ser seleccionado. Deberá expresarse como precepto básico el art. 37 de la Ley 1/2001.

• En los documentos planimétricos se deberá grafiar la localización cartográfica de los yacimientos arqueológicos y de las áreas de protección, transcritos directamente del documento oficial que obra en esta Consejería.

• Del mismo modo, en las planimetrías, en sus distintas escalas y definiciones, deberán grafiarse los bienes protegidos, identificando claramente los Bienes de Interés Cultural y su Entorno de Proyección. Se considera que, al menos en las copias en blanco y negro manejadas por este técnico, la sobra elegida para designar los bienes sometidos a mayor protección, es inadecuada ya que debido a su tonalidad oscura, impide la correcta lectura de los códigos o claves asignadas a cada elemento.

• Indicar las figuras de planeamiento que afecten a los BIC, y las actuaciones urbanísticas o edificatorias de nueva planta, o ampliación, en los suelos denominados Gran Finca precisarán informe previo de esta Consejería”.

►Informe de fecha 9 de junio de 2003 de la Oficina de Asesoramiento y Apoyo de la Dirección General de la Minería de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo.

“En el texto articulado en sus inicios no se hace referencia a la existencia del Suelo No Urbanizable de Interés de Minería (SNUIM), mientras que los arts 8.7, 8.8 y 8.9 se desarrolla dicho tipo de suelo, por lo que se entiende que debería de intentar corregirse dicha inicial omisión.

En este sentido, es de agradecer que en el P. G. O. se incluya como SNUIM la principal Industria Extractiva (I:E.) a cielo abierto del Concejo de Aller, denominada «El Reguerón» o «Cantera del Reguerón», sita en Levinco, que en la actualidad explota la sociedad «Cantera El Reguerón S.L.», abarcando la superficie de la Concesión de Directa de Explotación de la Sección C) «El Reguerón» n.º 30.644, en donde se ubica la mencionada I.E.

En otro orden de ideas no se alcanza a vislumbrar cuál es el motivo para que desde la perspectiva urbanística se clasifique en el artículo 3.76 los usos de aprovechamientos extractivos en Canteras, Actividades Mineras y Extracciones con transformación.

En este sentido la expresión «Canteras» es de difícil conceptualización jurídica, por lo que bastaría referirse, como así se realiza con posterioridad (art. 3. 7Chulillo, a explotaciones subterráneas y a explotaciones a cielo abierto, ya que el aprovechamiento de recursos minerales, especialmente desde el punto de vista del uso del suelo, se realiza a cielo abierto o subterráneamente con independencia de su calificación respecto a la normativa minera (sección A, B, C o D).

Se sugiere que no habría inconveniente que los artículos relativos a «Canteras» y a «Actividades Mineras» se refundiesen en un único artículo, puesto que se refieren a las mismas actividades mineras, esto es, a Industrias extractivas a cielo abierto y subterráneas, o si se pretende mantener ambos artículos que distingan entre industrias extractivas de la sección A) y de las secciones C) o D), aunque dicha distinción desde la perspectiva del uso del suelo podría entenderse que carece de motivación.

Señalar respecto al art. 3.80 apdo. 2), relativo a la prohibición de un emplazamiento minero a 250 metros de un asentamiento de población, que tanto la Ley 22/1973, de 21 de julio, como especialmente el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (Rmi), señala lo siguiente:

Art. 3 Rmi. «No podrán abrirse calicatas, efectuar sondeos ni hacerse labores mineras a distancia menor de cuarenta metros de edificio, (..), a no ser que se obtenga licencia (..) del dueño, cuando se trate de edificios o derechos de propiedad particular (..).

Las reglas anteriores regirán únicamente para las obras y servidumbres que existieran antes de ser otorgados los permisos, autorizaciones o concesiones.» Art. 4 Rmi. «Las distancias expresadas en el artículo anterior se contarán para los edificios desde sus muros exteriores, paredes o cercas que estén unidas directamente a aquéllos; (..)».

Por último sería interesante que incluyese en el Plan un procedimiento o forma de modificar la clasificación urbanística de un suelo, para que fuese apto desde esa perspectiva urbanística para su explotación minera, cuando contase con la previa y oportuna autorización administrativa desde la perspectiva minera y medioambiental”.

►En cuanto al ámbito del Plan Especial de las Montañas de Aller:

_ Supresión, a la vista de las características del suelo y de los informes sectoriales, del ámbito del Suelo Urbanizable, incluido el de La Raya situado alrededor del Suelo Urbano ya existente.

_ Ordenación del Suelo No Urbanizable en todo el ámbito del mencionado PEMA a través del Plan General por ser una determinación que compete a éste, delimitando las distintas categorías que procedan y señalando el respectivo régimen de usos para cada una de ellas.

_ A la vista de las prescripciones en el Suelo Urbanizable y en el ámbito del PEMA no tiene sentido la remisión a un Plan Especial para ordenar este ámbito, sin perjuicio de que puedan realizarse actuaciones singulares a través de los instrumentos previstos en la legislación urbanística.

►En cuanto al Suelo Urbano No Consolidado:

Ante las dificultades reales puestas de manifiesto por la representación municipal para la inclusión de Unidades de Actuación en el mencionado suelo, a la vez que se recuerda la regulación contenida sobre la naturaleza y el desarrollo urbanístico de dicha clase de suelo en la Ley 3/2002, de 19 de abril, se hace una remisión al procedimiento municipal para delimitar las Unidades de Actuación mediante el procedimiento previsto en el artículo 98 de la indicada Ley 3/2002, de 19 de abril, de Régimen del Suelo y Ordenación Urbanística.

► En cuanto al Suelo Urbanizable No Sectorizado:

Debe suprimirse el régimen transitorio en el indicado suelo, debiendo reconducirse el régimen de usos a alguna de las categorías del Suelo No Urbanizable.

► En cuanto al Suelo Urbanizable Prioritario:

Justificar la no inclusión del mismo en la Memoria del Plan General de Ordenación en atención a otras previsiones que se contemplen para la construcción de viviendas con protección pública.

►Núcleos Rurales:

Mantener como Núcleo Rural la localidad de Casomera al estar propuesta en la categoría primera del Catálogo de Núcleos Rurales.

En algunos núcleos rurales se detecta la incorporación de varias fincas de escasas dimensiones que no presentan frente o acceso a viario público, por lo que deberá valorarse la conveniencia de esas delimitaciones. Los núcleos afectados son los de Cuérigo, La Felguerosa, Llamas, Llanos, Pelúgano y Santibáñez de la Fuente.

►Observaciones al articulado de la Normativa:

Art. 1.10. Ejecución por polígonos o Unidades de Actuación En este artículo se establece que los polígonos delimitados dentro de un mismo sector no podrán tener diferencias de aprovechamiento medio superiores al 15%. El artículo 97 de la LS 3/2002 establece que esta diferencia no podrá superarse en la relación entre el aprovechamiento de la unidad y el medio del sector. Debe corregirse la redacción del artículo ajustándolo a la Ley.

Art. 1.24. Suelo Urbano Consolidado y No Consolidado.

Los derechos y deberes de los propietarios de este tipo de suelo se regulan igualmente en los artículos 30 y 31 de la Ley 3/2002.

Art. 2.63. Accesibilidad en edificios.

Incluir la referencia al Reglamento de la Ley 5/95, aprobado por Decreto 37/2003.

Art. 2.93. Cierres de fincas.

En el apartado 1 se establece un retiro de 3 metros al eje de caminos o 1 metro al borde.

En el artículo 4.7 estas distancias son de 5 m al eje o 1 m al borde. Deben compatibilizarse ambas regulaciones.

Art. 3.71. Garaje-aparcamiento.

No parece adecuado incluir la regulación de este uso en el apartado de los usos industriales.

Art. 6.7. Normas Generales de Accesibilidad.

Incluir la referencia al Reglamento de la Ley 5/95, aprobado por Decreto 37/2003.

Art. 8.6 SNU-Especial Protección. Condiciones de Uso.

La referencia a la sección sexta relativa a Quintanas Tradicionales debe corregirse por la sección quinta. En este último apartado no se regulan específicamente las condiciones de cambio de uso en las quintanas.

Hay una aparente contradicción en el último párrafo del artículo, que posibilita las ampliaciones de los usos y edificaciones existentes no pormenorizados en él, en una cuantía del 25% de la superficie existente. Esto parece indicar que en esta categoría de suelo se prohíben las ampliaciones de las quintanas. En cualquier caso, el cambio de uso debería condicionarse a la valoración previa del interés de la edificación.

La apertura de pistas precisará de la tramitación de Evaluación Preliminar de Impacto Ambiental.

La autorización, en su caso, de la implantación de minicentrales eléctricas se ajustará a lo dispuesto en la Resolución n.º 139/5, adoptada el 19 de abril de 2001 por el Pleno de la Junta General, sin perjuicio de la previa tramitación de Evaluación de Impacto Ambiental y Estudio de Implantación.

Art. 8.19. Núcleo Rural. Condiciones de Ordenación.

Las superficies máximas indicadas en el apartado 3-Edificabilidad son claramente excesivas para usos residenciales, debiendo matizarse en función de los usos.

Debe variarse la denominación del instrumento previsto en el apartado 4 del artículo para la parcelación de fincas en número superior a dos, puesto que los Estudios de Implantación definidos en la Ley 3/2002 tienen como objeto la localización de actividades, equipamientos y dotaciones de interés público y social.

Art. 9.2. A los efectos de gestión, los subsectores tendrán la consideración de polígonos, por lo que la diferencia no superior al 15% se establece respecto al aprovechamiento medio (art. 97 de la Ley 3/2002).

Art. 10.6. Vivienda Tradicional Familiar. Condiciones de Edificación.

Puesto que se trata de una ordenanza de suelo urbano, las posibilidades de cambio de uso se referirán a los específicos de esta clase de suelo, no al núcleo rural.

►Correcciones en los planos.

Plano 2: En este plano se señalan los suelos urbanizables no sectorizados con las siglas SNU-NS, debiendo sustituirse por la denominación correcta SU-NS.

El suelo urbanizable industrial al oeste de Corigos está mal denominado.

► Observaciones.

Sustituir la referencia a viviendas sociales por la de viviendas con algún tipo de protección pública.

Contra este acuerdo los particulares interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de conformidad con lo previsto en art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el 26 de la Ley 2/95, de 13 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

No obstante, en el plazo de un mes podrá interponerse el recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, de conformidad con lo establecido en el art. 107 y siguientes de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Las Administraciones Públicas legitimadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo frente a esta Resolución en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Dentro de dicho plazo, podrá requerir previamente a esta Consejería para que anule o revoque esta Resolución, requerimiento que se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, no es contestado.

Cuando hubiera precedido el requerimiento, el plazo de dos meses para la formulación del recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.

Todo ello de conformidad con lo que disponen los artículos 44 y 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Oviedo, a 25 de febrero de 2004.—El Jefe del Servicio de la Secretaría de la CUOTA.—3.602.


¿Cual es la situación actual?.

Si ya la recalificación está en la CUOTA, y tampoco se recurrió, pues ya me direis.

Y no digo que Pelúgano no tenga derecho a que le reparen la carretera, que la repararán cuando le toque, estoy hablando de negociación, compensaciones para el pueblo, rapidez en ciertas actuaciones, todo a cambio de algo que está aprobado hace mucho tiempo, pero que todo es susceptible de mejorar negociando.

Ya sabemos que Pelúgano tiene derecho a todo, igual que los demás, pero la actuación no siempre fue buena, se "echaron" a los montañeros, se rechazó el albergue en las escuelas (al final la maestra marchó y ahí os quedáis), etc., posiblemente de haber apostado por el montañismo y el albergue hubiese sido más difícil la ampliación de la cantera.

Hay que ser "espabilados", no confiar tanto en "es mi derecho", conjugar actuaciones, no fiarse de los políticos pero actuar como ellos, en suma, verlas venir.

No creo que la actual Junta Directiva de la AA VV esté preparada para sacar a Pelúgano adelante en sus problemas.

Intenté que los foreros que nos leen bajen de la nube donde los subió la AA VV a la triste realidad del pueblo, ya veo que los adeptos siguen fieles a la doctrina emanada de la AA VV, contra esto poco se puede hacer, al menos me queda la satisfación de haber expuesto mi opinión.

El personajillo.
Puntos:
08-06-09 10:49 #2430255 -> 2419140
Por:ASOCIACIÓN VECINOS DE PELÚGANO

RE: NO LO ENTIENDO
Muchas gracias a todos-as por vuestro ánimo . Con todas las conversaciones ante la vista , se ven claramente los intentos de SOCAVAR, pero no saben cuanto tenemos a favor : el apoyo de los vecinos y amigos , que aún estando en otros sitios , nos escriben dando ánimos y donaciones, amén de otras personas que se interesan personalmente por como van nuestras gestiones e incluso nos aportan posibles soluciones.
Pero lo que mas nos gusta , es ver con que pasión defendemos todos nuestra PEÑA CASTRO.
Seguiremos en la brecha y llegeremos al final , pese a quien pese y caiga quien caiga . Lo dijímos en todo momento y seguiremos diciéndolo. No todo está perdido. No hay nada terminado.Ya se irán viendo los resultados que en ningún momento nos fueron favorecedores. Cuando iniciamos el encierro , estábamos muy enardecidos e indignados , ahora estamos muy tranquilos , pues las cosas van tomando forma. ¡Lástima que no lo vean todos igual!, pero EL QUE RIE EL ULTIMO , ES EL QUE MEJOR RIE.

SALVAR PEÑA CASTRO
PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL

LA ASOCIACIÓN DE VECINOS PEÑA MEA DE PELÚGANO
Puntos:
08-06-09 15:27 #2432686 -> 2419140
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
En seguida, cuando algo no nos gusta o no queremos responder, intentamos dejarlo atras, taparlo para que no se vea, esta es la actitud de la AA VV con el comentario anterior al suyo donde se preguntaba por la recalificación de los terrenos de la cantera.

Autobombo a mogollón. Palabras vacías de contenido utilizadas para la exaltación propia de la Junta Directiva de la AA VV.

Reconocen que no tienen resultados positivos, hablan de que no todo está perdido, que no hay nada terminado, que las cosas van tomando forma, vuelta al bla, bla, bla.

De momento dos preguntas, a ver quién se atreve a contestarlas:

¿Cuantas canteras cerró AVALL hasta la fecha?

¿Cuales son los terrenos que la CUOTA considera Suelo No Urbanizable de Interés de Minería (SNUIM)?.

Ahora, las arengas:

PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL ¿A qué se espera?.
LA IMAGEN DEL DESASTRE, LA IMAGEN DEL FRACASO.

DIMISION PARA LOS CULPABLES.
FUERA FORANEOS
FUERA AVALL

VIVA PELÚGANO
PUXA PEL.LUNO.


Y ahora, la firma:

El personajillo.



Puntos:
08-06-09 16:51 #2433521 -> 2419140
Por:ASOCIACIÓN VECINOS DE PELÚGANO

RE: NO LO ENTIENDO
En el crimen está el castigo...
Por la boca muere el pez.
Piensa el ladrón que todos son de su condición.
Perro ladrador , no es mordedor.
Cuando el río suena , agua lleva...
Podríamos estar así mucho tiempo y seguro que todos los refranes valdrían para exponer la estrategia de la empresa de la cantera.

EN EL CRIMEN ESTA EL CASTIGO te viene genial. Tú te cerraste por ...
y ahora no puedes salir del atolladero en el que te metiste.

LA ASOCIACIÓN
Puntos:
08-06-09 17:22 #2433838 -> 2419140
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
En primer lugar, participo a todos los foreros que yo no represento a la empresa de la cantera, ni a su estrategia, por tanto, primera y única vez que voy a hacer este desmentido. Y no es porque la AA VV me acuse de ello, pero intercala una frase que puede dar lugar a malentendidos.

En segundo lugar, la que está en el atolladero es la Junta Directiva de la AA VV que está intentando por todos los medios desviar la atención de las cuestiones que se exponen.

La Junta Directiva de la AA VV no sabe no contesta. SUSPENSA, hay que volver a presentarse, no tiene los deberes hechos.


Voy a volver a preguntarle:

De momento dos preguntas, a ver quién se atreve a contestarlas:

¿Cuantas canteras cerró AVALL hasta la fecha?

¿Cuales son los terrenos que la CUOTA considera Suelo No Urbanizable de Interés de Minería (SNUIM)?.

Ahora, las arengas:

PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL ¿A qué se espera?.
LA IMAGEN DEL DESASTRE, LA IMAGEN DEL FRACASO.

DIMISION PARA LOS CULPABLES.
FUERA FORANEOS
FUERA AVALL

VIVA PELÚGANO
PUXA PEL.LUNO.


Y ahora, la firma:

El personajillo.
Puntos:
09-06-09 13:13 #2441382 -> 2419140
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
ES UNA LATA
EL TENER QUE TE LEER,
TODOS LOS DIAS,
SIEMPRE LO MISMO.(pongan musica y canten)
A ver que no te enteras, y eso que tu inteligencia esta mas que sobrada, como la carne asada.
Porque la imagen del desastre y del fracaso, cuando tu podias haber cogido el toro por los cuernos, y haber lo defendido como esta AA.VV.
Cobarde que eres un cobarde(letra de cancion).
Detras de un anonimo señalamos con el dedo, cuando nos encontramos, palmaditas en la espalda?.
Vamos a ganar,animo, PEÑA CASTRO pese a quien le pese se intentara SALVAR lo que queda.
Puntos:
11-06-09 19:21 #2471677 -> 2419140
Por:No Registrado
RE: NO LO ENTIENDO
A TAPAR LA CALLE:

A tapar la calle
que no pase nadie
que pase la asociación
tocando el trombón.

A tapar la calle
que no pase nadie
que lleve la contraria
que pida información
que hable claramente
y critique a la asociación.

Versión del personajillo.

Claro, cuando se hacen preguntas inoportunas a la AA VV o a cualquiera de sus adeptos enseguida se intenta echar tierra por encima para ver si se olvidan, ¡hala! A tapar la calle.

Voy a volver a repreguntar:

De momento dos preguntas, a ver quién se atreve a contestarlas:

¿Cuantas canteras cerró AVALL hasta la fecha?

¿Cuales son los terrenos que la CUOTA considera Suelo No Urbanizable de Interés de Minería (SNUIM) en Aller y más concretamente en el entorno de Pelúgano y Levinco?.


No creo que sean tan difíciles de responder, el problema es contestar de forma clara a las mismas, seguramente la respuesta correcta no le guste a la Junta Directiva de la AA VV.

Dice La Vieya de Castro: Algún dia , por lo que me cuentan , no muy lejano , se verán los sacrificios que la directiva de la Asociación de vecinos Peña Mea , está haciendo.

No creéis expectativas, en mi opinión falsas expectativas, al pueblo de Pelúgano, con sólo responder a las preguntas reseñadas más arriba con total veracidad, aunque sea para vuestros adentros, os daréis cuenta que estáis generando ilusiones que la terca realidad va dejando por el camino. Lleváis muchos meses aludiendo a los sacrificios y cosechais sentencias contrarias y Peña Castro es más pequeña.

La AA VV está quemada en su conflicto con la cantera, yo diría que existe demasiado encono entre las personas de ambas entidades. A la AA VV no le queda más remedio que hacerse un “lavado de cara” y un cambio de estrategia, ya que la que siguió no funciona, por tanto, por el bien del pueblo de Pelúgano hay que dimitir y dejar que nuevas personas, nuevas ideas, retomen el conflicto.

Seguiré insistiendo en las preguntas, así que, por favor, contestad de forma concisa y veraz.

Ahora, las arengas:

PEÑA CASTRO MONUMENTO NATURAL ¿A qué se espera?.
LA IMAGEN DEL DESASTRE, LA IMAGEN DEL FRACASO.

DIMISION PARA LOS CULPABLES.
FUERA FORANEOS
FUERA AVALL

VIVA PELÚGANO
PUXA PEL.LUNO.


Y ahora, la firma:

El personajillo.

Puntos:
09-08-12 23:01 #10410836 -> 2419140
Por:No Registrado
Re: no lo entiendo
Decían hace más de tres años:

La AA VV está quemada en su conflicto con la cantera, yo diría que existe demasiado encono entre las personas de ambas entidades. A la AA VV no le queda más remedio que hacerse un “lavado de cara” y un cambio de estrategia, ya que la que siguió no funciona, por tanto, por el bien del pueblo de Pelúgano hay que dimitir y dejar que nuevas personas, nuevas ideas, retomen el conflicto.

Supongo que una AA VV tiene que presentar cuentas anualmente y elecciones de nueva junta directiva cada ¿dos? años.

¿Desde cuando no se hace ninguna asamblea?, es obligatoria según ley cada año para presentar cuentas.

Esta directiva está rigiendo los destinos de la AA VV de forma no conforme a la ley de asociaciones.

La junta directiva de la AA VV puede hacer lo que quiera, pero acaparar el uso del sindicato no creo que esté bien, salvo que el pueblo se lo consienta como parece que así es.

Y así seguirá, no hay ... para recuperar el sindicato, el pueblo no está a gusto pero lo soporta "ejemplarmente".
Puntos:
10-08-12 08:33 #10411546 -> 2419140
Por:D.choperna

RE: Re: no lo entiendo
Muy Srs míos como podéis leer he defendido la gestion de la AAVV,pero hoy tengo que reconocer como se dice aqui y en otras conversaciones de este último mes q la AAVV ha caído en la dejadez,y en la rutina,he paseado por el parque y he visto que lo que decían en alguna conversación es verdad ,no se han preocupado en absoluto en mantener las cosas conseguidas con el sudor de otra gente y he podido ver el gran deterioro de este espacio público .Luego también llego a la conclusion de que solo se ha usado la cancha para sus fines.Dicen que en la política cuando se entra en la profunda rutina hay que dejarlo y dar paso a nueva sangre y valores, en está fase es en la que se encuentra la actual junta de la AAVV y parece que solo se dejan ver en un acto publico y cn los políticos.Por esto es hora de un cambio.En cuanto al tema de sindicato seria conveniente que alguien abriera por el dia a las 10:00 y cerrara de noche y esta persona debería de ser de la AAVV YA QUE SON LOS QUE COGIERON LAS SABES ,SALIERON EN FOTOS CN ALCALDE Y CN TREVIN LUEGO COMO SE ELIGIERON EN REPRESENTANTES DE PUEBLO PARA ACTO PUBLICO SIN SER TODOS LOS VECINOS DE AAVV AHORA HAN COGIDO RESPONSABILIDADES Y SINO QUE NO HUBIESEN RECEPCIONADO OBRA ALGUNA.EN RESUMEN LA AAVV ES RESPONSABLE LAS COSAS Y ES HORA DE CAMBIOS.saludos
Puntos:
10-08-12 12:41 #10412221 -> 2419140
Por:No Registrado
RE: Re: no lo entiendo
vaya al final la gente que os apoyaba empieza a estar contra la AAVV actual que esta apoltronada en su trono de doña urraca como si en la edad media estuviesen,¿Por que no se pone la reina sus mejores galas??DIMISIÓN-DIMISIÓN-DIMISIÓN
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