Que pasara cuando den las 00:00 Que pasará... Dise el Pais. La Abogacía del Estado ha recomendado al Ministerio del Interior no proceder a la disolución por la fuerza de las concentraciones del "movimiento del 15-M" si no son violentas y actuar de manera "proporcinada" para cumplir la resolución de la Junta. SSegún fuentes jurídicas, en el análisis remitido a Rubalcaba sobre la decisión de la JEC, la Abogacía General del Estado recuerda los requisitos que la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Reunión establece para la disolución forzosa de una manifestación. En concreto, el artículo 5 de esa ley contempla que la autoridad gubernativa suspenderá y, en su caso, procederá a disolver las reuniones y manifestaciones cuando se consideren ilícitas penalmente, se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes, o cuando los asistentes vistan uniformes paramilitares. Mientras no se dé alguno de esos supuestos, la Abogacía del Estado recomienda a Interior no recurrir a la fuerza si no hay incidentes violentos en la concentración, como también recoge la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Estrasburgo. En este sentido, los servicios jurídicos del Estado consideran que la Policía deberá actuar de manera proporcionada e informar a los asistentes de que sus protestas han sido declaradas ilegales para después instarles a desistir y desalojar. Si los concentrados ignoraran esa recomendación y si no se produce ningún altercado que obligue a recurrir a la fuerza, existe también la posibilidad de imponer una multa o sanción administrativa. |